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La Corte deroga regulaciones a proveedores de abortos

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WASHINGTON (BP) — La Corte Suprema de EE.UU. derogó el lunes (27 de junio) un intento de la legislatura estatal por hacer responsables a los proveedores de abortos de la protección de las mujeres que usan sus servicios.

En una decisión 5-3, la corte alta estipuló que porciones de una ley de Texas que regulan las clínicas y los médicos que practican abortos constituyen una “carga indebida” para el derecho de una mujer a abortar a su hijo y son por lo tanto inconstitucionales.

La revocación de la corte alta del Quinto Circuito de la Corte de Apelaciones en New Orleans invalidó los requisitos de que una clínica de abortos llene los estándares de salud y seguridad de otros centros quirúrgicos ambulatorios y de que un doctor abortista debe tener privilegios de admisión en un hospital cercano en caso de que una mujer necesite admisión de emergencia.

Los defensores pro-vida expresaron una profunda desilusión ante el fallo.

[QUOTE@right@180=“Hoy lamentamos otra victoria legal para el grupo de presión del aborto.” — Russell Moore]”Hoy lamentamos otra victoria legal para el grupo de presión del aborto, que llega a expensas de niños, mujeres y familias,” dijo en comentario escrito Russell Moore, presidente de la Comisión de Libertad Religiosa y Ética (ERLC por sus siglas en inglés) de los bautistas del sur. “Mantener a cuentas a los proveedores de abortos no debiera ser una cuestión polémica.

“Este fallo es otra prueba de cuánto trabajo más el movimiento pro-vida tiene que hacer en la causa de la vida y la dignidad humana.”

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Steven Aden, asesor sénior de la Alianza Defensora de la Libertad, dijo en una publicación escrita: “A los abortistas no se les debiera dar un pase gratis para eludir los requisitos médicos que a todos los demás se les requiere que sigan.

“Los requisitos de la ley eran protecciones de sentido común que aseguraban la cantidad máxima de protección para las mujeres, que merecen que su bienestar sea tratado por el gobierno como máxima prioridad por encima del de los abortistas. Cualquier instalación que no llene los estándares básicos de salud y seguridad no son instalaciones que deban permanecer abiertas.”

El juez Anthony Kennedy, quien frecuentemente es el voto decisivo en casos polémicos, se unió al bloque liberal de la corte — los jueces Ruth Bader Ginsburg, Stephen Breyer, Sonia Sotomayor y Elena Kagan — en la mayoría. El presidente de la corte John Roberts y los jueces Clarence Thomas y Samuel Alito disintieron.

Si se hubieran dividido 4-4, el fallo del Quinto Circuito se hubiera mantenido en su jurisdicción, pero no habría establecido un precedente o hubiera controlado el resto de los estados. El Quinto Circuito consiste de Louisiana, Mississippi y Texas. La corte solo tiene ocho jueces debido a la muerte en febrero del juez Antonin Scalia.

En la toma de decisiones pasadas, la corte alta ha permitido a los estados regular aspectos de la práctica del aborto para proteger la vida y la salud de las mujeres. El estándar provisto por los jueces al determinar la constitucionalidad de la restricción es si la ley es una “carga indebida” para una mujer que busca practicarse un aborto. Los jueces adoptaron esa prueba en su veredicto de 1992 Planned Parenthood v. Casey.

Veintidós estados han promulgado leyes que requieren que los doctores abortistas tengan privilegios de admisión y/o acuerdos de transferencia con hospitales, de acuerdo al Comité Nacional del Derecho a la Vida. El número de estados que tienen requisitos para las clínicas de abortos similares a los de los centros de cirugía ambulatoria son también 22, ha reportado el Instituto Guttmacher.

La ERLC y la Convención de Bautistas del Sur de Texas (SBTC por sus siglas en inglés) se unieron a otros cuatro grupos en un escrito amigo de la corte que urgía a los jueces a afirmar la ley de Texas. La Comisión Cristiana de la Vida de la Convención Bautista de Missouri firmó otro escrito en apoyo a los requisitos.

La resolución se tomó en La Salud Integral de la Mujer v. Hellerstedt.