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La Carta Magna y el surgimiento de la libertad religiosa


PADUCAH, KY. (BP) — Hace 800 años el 15 de junio de 1215, un grupo de nobles ingleses en Runnymede forzaron a un renuente rey Juan a endosar un documento de protestas en contra de la autoridad real.

Escrita por Esteban, el arzobispo de Canterbury, la Carta Magna fue diseñada para que fuera una avenencia entre los nobles rebeldes y el rey. La obra contenía alusiones para proteger la libertad religiosa que, notablemente, sería adoptada por Inglaterra, EE.UU. y mucho del occidente actual en los siguientes siglos.

Antes de discutir cómo la Carta Magna — “La Gran Carta,” ahora en su 800º aniversario — comenzó la larga travesía de los gobiernos que reconocen el principio de la libertad religiosa, se deben hacer algunas aclaraciones.

La Carta Magna en sí misma no fue escrita específicamente para tratar la libertad religiosa y, de hecho, el documento funcionó principalmente como un set de protestas de parte de algunos nobles rebeldes en contra del rey Juan y un set de acciones y avenencias para tratar aquellas protestas.

Revisada una y otra vez en los siglos siguientes, nueva información impactó las publicaciones originales en 1215; luego, gobernantes ingleses mostraron su apoyo u oposición a esas varias revisiones. Y finalmente, un lenguaje más significativo en otros documentos importantes de tiempo después consagró la libertad religiosa a ambos lados del Atlántico.

Con esas clarificaciones, y con aspectos de la libertad religiosa bastante diferentes en el siglo XXI que en 1215, varias provisiones de la Carta Magna no obstante le dieron forma al desplegado concepto de la libertad religiosa. Por ejemplo, el artículo uno indicaba: “Primero que le hemos conferido a Dios, y a través de estos estatutos hemos confirmado para nosotros y para nuestros herederos en perpetuidad, que la iglesia inglesa debe ser libre, y debe tener sus derechos invariables, y sus libertades inalteradas.”

Aunque esta provisión parece increíble para su tiempo y se comporta bien con el occidente contemporáneo y el pensamiento cristiano, debe señalarse que el artículo uno fue escrito en el contexto de una triple pelea por el dominio de la iglesia inglesa entre el papado, el rey y algunos miembros de la nobleza inglesa. La provisión misma parece dirigida más en contra de la interferencia real con la iglesia y el hecho de que muchos clérigos ingleses se habían unido a la rebelión en contra del rey Juan.

Además, aunque declaraba que la iglesia inglesa “debe ser libre,” se entendía en 1215 (300 años antes de la Reforma) que la iglesia funcionaba como parte de la iglesia universal dominada por el papado y que esta tenía las creencias y prácticas expuestas por el papado. Cabe mencionar que el papa luego anuló el documento. Aunque no mencionado, quizá él se preocupó por la forma en la que el documento restringiría la influencia papal dentro de las islas británicas en el futuro. Sin embargo, como un principio, el artículo uno estableció un audaz precedente para la futura libertad religiosa.

Entre otras provisiones en el documento, el artículo 22 restringía los aranceles de la propiedad privada propiedad de los clérigos a solamente el valor de la propiedad particular sin referencia a la tenencia eclesiástica en el reino (esto es, la iglesia como un todo no sería gravada por sus tenencias dentro del reino — una práctica que la monarquía inglesa ha de haber buscado imponer en vista del déficit financiero del momento).

El artículo 27 empoderó a la iglesia a supervisar la liquidación de la propiedad de hombres libres que no dejaban testamento. Esta provisión probablemente preservaba una práctica ya existente, pero con esta provisión, los legisladores formalmente aseguraron que la iglesia, en vez del estado, estuviera involucrada en estas personales pero importantes decisiones post-mortem.

El artículo 62 promulgaba perdones para todos (incluyendo a clérigos individuales) involucrados en la disputa entre la corona y los clérigos que se habían unido a la rebelión en contra del rey. Esto continuó un patrón dentro del documento de proteger también los derechos de los clérigos aparte de las protecciones de la iglesia misma — un importante aspecto de la libertad religiosa.

Finalmente, el artículo 63 de nuevo confirmaba la libertad de la iglesia inglesa con un lenguaje similar al encontrado en el artículo uno.

Otros artículos que por lo visto expandieron el privilegio de los nobles aparentemente se referían también al clero. Algunas de esas garantías incluían provisiones para juicios en cortes locales, protección en contra de asimientos ilegales de bienes o personas, y respeto por los derechos de propiedad. Los legisladores del documento señalaron que todas estas costumbres y libertades se aplicaban a “todos los hombres de nuestro reino, sean clérigos o laicos.”

Durante los siguientes cientos de años, varias figuras políticas inglesas invocaron la Carta Magna en defensa tanto de los derechos a la libertad política como a la libertad religiosa. Adicionalmente, los cuerpos políticos británicos y estadounidenses, edificados en los elevados pero brumosos principios de la Carta Magna, finalmente añadieron protecciones más sustanciales a la libertad religiosa. La ley británica de tolerancia de 1689 reconoció los derechos de todos los protestantes, incluyendo a los bautistas, a practicar su fe sin interferencia. En 1791 y 1829, el Parlamento Británico legalizó el estatus de católicos con las leyes de alivio católico romano.

En EE.UU., la Constitución de 1787 y la Declaración de Derechos de 1791 le dio protecciones específicas a la libertad religiosa que incluían la abolición de pruebas religiosas para cargos públicos y garantías específicas para que los ciudadanos practicaran su fe. Otras naciones occidentales, así como muchas naciones no occidentales, ofrecieron protecciones similares en los años posteriores a los 1790s.

La lucha por la libertad religiosa ha estado en progreso durante 800 años. En tiempos de aumento del problema de la libertad religiosa, lo que comenzó en los campos de Runnymede en 1215 sigue siendo relevante hasta el día presente.

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  • Por Stephen Douglas Wilson